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10/04/2006
Informe realizado por el equipo de trabajo de Claudio Lozano
La situación laboral y el trabajo clandestino; y pedido de informes al Ministerio de Trabajo sobre explotación de trabajadores extranjeros

Se adjunta el informe "Situación laboral y empleo clandestino", realizado por Claudio Lozano (Idef-CTA). El informe da cuenta de las condiciones de empleo e ingresos de los asalariados, desagregadas según los niveles de inserción (registrados/no registrados) tanto en el sector público como en el privado en los últimos 15 años (ver síntesis en esta misma página).

Este trabajo se presenta en el marco de constatación de tráfico ilegal de indocumentados, de reducción a servidumbre y otras graves violaciones que involucran el derecho a la libertad , a la dignidad y a no ser objeto de explotación, cometidos en talleres textiles clandestinos distribuidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos. En este sentido, el diputado Lozano elaboró un pedido de informes al Ministerio de Trabajo, que será presentado este lunes en el Congreso nacional para que dicho Ministerio responda si se han recibido denuncias referidas a la explotación de trabajadores extranjeros indocumentados, si se han enviado cuerpo de inspectores, la cantidad total de establecimientos inspeccionados y cuántos se encontraban en falta, debidamente habilitados, trabajadores afectados y si ha dado cumplimiento a lo establecido en el Punto III de la Cláusula 5ª del Convenio 44/01 ratificado por Ley 1033 L.C.A.B.A..
A partir de las denuncias que recibió de trabajadores y ex trabajadores de talleres textiles ubicados en la calle Laguna 940 y Eugenio Garzón 3853, Lozano fundamentó su pedido de informes al Ministerio de Trabajo sosteniendo que la delegación que este Ministerio ha hecho del poder de policía mediante dicho acuerdo (44/01), no lo exime a que dé cumplimiento a lo normado por la Ley 18608 en su art.5°, requisito también contemplado en el Convenio 44/01 acordando ambas normas la necesidad de un trabajo coordinado, y disponiendo este ultimo acuerdo que " resulta fundamental la colaboración del Gobierno Nacional a través del MINISTERIO". (se adjunta pedido de informes).

Claudio Lozano
Diputado nacional y miembro de la mesa nacional de la CTA
Prensa: Virginia Laham 155 414-8458


Síntesis y Conclusiones del informe sobre clandestinidad

1) Al cuarto trimestre del 2005 el 46% de los asalariados no están registrados. Son 5.033.802 trabajadores que se encuentran en situación de clandestinidad e ilegalidad laboral.

2) En el sector privado el 52,5% de los asalariados no están registrados. Son 4.373.369.

3) En el sector público el 24,1% del personal no está registrado. Estamos diciendo que casi 6.000.000 de trabajadores están en una relación clandestina con un patrón que a su vez es el responsable de controlar este tipo de prácticas.

4) El 13,3% de los asalariados tiene estipulado un tiempo de finalización de su contrato laboral. Son 1.456.137 trabajadores. De estos el sector público concentra 1.191.716 trabajadores lo cual indica que el sector público es quien más aprovecha los distintos aspectos normativos que le permiten flexibilizar la contratación de sus trabajadores.

5) En el sector privado es más importante el período de prueba como mecanismo flexibilizador del contrato laboral.

6) De los asalariados considerados tales por tener un plan de empleo el 54,5% se concentra en el sector público, el 29,4% en el privado y el 16,1% en otros establecimientos.

7) La convertibilidad y la salida devaluacionista de la misma constituyen el marco en el que se expande la precarización laboral. En 1990 la tasa de asalariados no registrados era del 25,2% y termina en el 38,5% en el 2001. Luego asciende a 44,8% en el 2003, 48,5% en el 2004 y al 46% en el 2005.

8) Durante la fase de recuperación de la actividad económica 2003-2005, con tasas del 9% anual, se crearon 2.532.976. De estos, 1.752.588 fueron asalariados no registrados. Es decir, el 70% de los puestos de trabajo asalariados creados.

9) Mientras el salario promedio del trabajador no registrado es de $ 391,8 al 4to. Trimestre del 2005, los registrados evidencian un promedio salarial de $ 1.072

10) El predominio del no registrado se observa en actividades como servicio doméstico (96,2%); Agricultura y ganadería ( 79,3%); construcción (68,8%); comercio (51,7%) y hoteles y restaurantes (51,1%).

11) Solo cuatro sectores concentran el 60% de los asalariados no registrados. Son servicio doméstico (21,5%); Comercio( 16,2%); Industria (12,5%) y construcción (10,4%).

12) Considerando el 1.649.893 desocupados, los 2.731.643 cuentapropistas de subsistencia y los 5.033.802 asalariados no registrados, resulta que 9.415.338 trabajadores son precarios. Por ende, el 60,7% está precarizada.

13) Respecto al 2001 el poder adquisitivo de quienes están ocupados se redujo un 10,6%. Sin embargo, este promedio encierra comportamientos dispares. Los cuentapropistas superan en apenas un 1% la inflación, los no registrados han perdido un 21,4% y los registrados perdieron un 1,2%.

14) Los trabajadores registrados a medida que ingresan perciben un salario menor. La formalización del empleo reemplaza la precarización contractual por la precarización en los ingresos.

15) La verdadera presión sobre el mercado laboral no se expresa solo en la tasa de desocupación. El 32,8% de la PEA ( 5.361.516 personas) buscan empleo. Es decir, muchos ocupados siguen buscando trabajo.

16) Hay 1.649.893 desocupados de los cuales solo el 3% cobró indemnización y apenas el 1,9% cobra el seguro de desempleo. Evidencias que muestran que el flujo que alimenta la desocupación es el trabajo clandestino.

17) A septiembre del 2005 el Poder Ejecutivo Nacional tenía contratado el 7,7% de su planta. Es decir 21.594 agentes. Los dos Ministerios que encabezan el ranking de personal contratado son Economía y Trabajo.


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Clandestinidad y precarización laboral
en la argentina del 2006


EQUIPO DE TRABAJO

CLAUDIO LOZANO

ANA RAMERI

TOMÁS RAFFO

ABRIL 2006

Se dice que el trabajo en negro es aquel que no está registrado en la Seguridad Social. Es decir es aquel trabajador asalariado cuyo patrón no realiza los aportes y contribuciones a la seguridad social. Este trabajador no tiene seguro contra riesgo del trabajo, no tiene cobertura médica, tampoco puede cobrar el seguro de desempleo, puede ser echado sin causa, y si persiste en esta situación tampoco podrá jubilarse (porque la legislación actual exige 30 años de aportes)


Según la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) que realiza el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) al 4to trimestre del 2005 (último dato disponible) el 46% de los asalariados no están registrados. Son 5.033.802 trabajadores que se encuentran en situación de clandestinidad e ilegalidad laboral. Ver cuadro Nº 1.


Cuadro Nº 1: Tipo de Asalariado según registración. 4to trimestre 2005.

Tipo de Asalariado Cantidad Porcentaje
No Registrado 5.033.802 46,0%
Registrado 5.914.594 54,0%
Total de Asalariados 10.948.396 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

La práctica de no registrar a los trabajadores de una relación asalariada está ampliamente difundida en la Argentina. En el sector privado el 52,5% de los asalariados no están registrados. En el sector público los asalariados no registrados representan el 24,1% del total de asalariados. Vale aclarar que aquí se agregan el total de personal del sector público nacional. Es decir incluye los trabajadores de los tres Poderes del Estado Nacional, los Estados Provinciales y Municipales. No deja de ser llamativo el hecho de que casi 600 mil trabajadores del sector público estén en una relación contractual clandestina. Difícilmente pueda existir un combate efectivo al trabajo en negro cuando el propio Estado usufructúa de esta práctica. En los otros tipos de establecimientos (ONGs, cooperativas, fabricas recuperadas, etc) el porcentaje de asalariado en negro es del 42,8%.


Cuadro Nº 2: Tipo de Asalariado según registración y ámbito. 4to trimestre 2005

Tipo de asalariado Privado Público otros establecimientos Total
No registrado 4.373.369 590.267 70.166 5.033.802
Registrado 3.960.308 1.860.456 93.830 5.914.594
Total 8.333.677 2.450.723 163.996 10.948.396
% de asalariados en negro 52,5% 24,1% 42,8% 46,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Es en el sector privado donde se concentra la práctica de los patrones de no registrar a sus trabajadores. Ya vimos que el 52,5% de los asalariados privados están en un relación contractual clandestina. Del total de asalariados en negro el 86,9% se concentra en el sector privado, el 11,7% en el sector público y el 1,4% en otros tipos de establecimientos.


Cuadro Nº 3: Asalariados no registrados según ámbito. 4to trimestre 2005

Asalariados no registrados Cantidad Porcentaje
Del Sector Privado 4.373.369 86,9%
Del Sector Público 590.267 11,7%
De otros establecimientos 70.166 1,4%
Total 5.033.802 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Otra de los aspectos en que se traduce la flexibilización laboral para los asalariados remite al tiempo de la relación contractual. En teoría una relación de trabajo asalariada se reconoce como tal en tanto existe un patrón que fija las condiciones en que se incorporará la fuerza de trabajo contratada. Al mismo tiempo se supone que la contratación del trabajador es por un tiempo indefinido en tanto prospere la actividad que se encare. No obstante este rasgo de la relación asalariada y a partir de la vigencia de diversas normas que han flexibilizado el criterio de duración del contrato laboral, actualmente el 13,3% de los asalariados tiene estipulado un tiempo de finalización de su contrato laboral. En el sector público el porcentaje es mayor: es del 14,3%, en otros tipos de establecimientos es del 31,4% y en el sector privado es del 12,6%.


Cuadro Nº 4: Tipo de Asalariado según finalización y ámbito. 4to trimestre 2005

Público Privado Otro Tipo Total

Tiene tiempo de finalización 14,3% 12,6% 31,4% 13,3%
No tiene tiempo de finalización 72,9% 66,8% 30,4% 67,6%
Ns / Nr 12,8% 7,1% 38,2% 8,9%
Total Asalariados 100,0% 100,0% 100,0% 100,0%


En términos de personas las tasas anteriores implican que 1.456.137 asalariados tienen un contrato laboral con un tiempo cierto de finalización. De estos, el sector público concentra a 1.191.716 asalariados (representa el 82% de estos asalariados). Es decir que el sector público es uno de los que más aprovecha los distintos aspectos normativos que le permiten flexibilizar la contratación de sus trabajadores.

Cuadro Nº 5: Tipo de Asalariado según finalización y ámbito. 4to trimestre 2005.

Público Privado Otro Tipo Total

Tiene tiempo de finalización 1.191.716 308.791 51.495 1.456.137
No tiene tiempo de finalización 6.075.251 1.637.083 49.855 7.401.116
Ns / Nr 1.066.711 174.001 62.646 974.407
Total Asalariados 8.333.677 2.450.723 163.996 10.948.396

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

De los asalariados que tienen definido un tiempo de finalización de su jornada laboral, el 15,1% es porque la relación laboral depende de un plan de empleo, el 7,7% porque está dentro del período de prueba que establece la normativa actual y el 4,4% porque trabaja a partir de un programa de Beca ó Pasantía. En el sector público la incidencia de los planes de empleo trepa al 42,7% de los asalariados con tiempo de finalización, mientras que las pasantías y/o becas explican el 11,1% de los mismos. En el sector privado es más importante el uso del período de prueba como mecanismo flexibilizador del contrato laboral.


Cuadro Nº 6: Asalariados con finalización según tipo de Asalariado, finalización y ámbito. 4to trimestre 2005.

Público Privado Otro Tipo Total

Plan de Empleo 42,7% 2,4% 89,6% 15,1%
Período de Prueba 2,0% 10,0% 0,8% 7,7%
Beca/Pasantía/Aprendizaje 11,1% 2,3% 1,2% 4,4%
Ninguno de éstos 44,1% 84,8% 8,4% 72,3%
Ns / Nr 0,1% 0,5% 0,0% 0,4%
Asalariados con tiempo de finalización 100,0% 100,0% 100,0% 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC


En lo referente al Plan Jefes y Jefas de Hogar, el Ministerio de Trabajo informa que a octubre del 2005 existen 1.472.187 beneficiarios del plan. La fuente de la encuesta del INDEC capta de estos a 614.536 que están en una relación de trabajo asalariada. Estos representan el 5,6% del total de asalariados.

Cuadro Nº 7: Asalariados según perciban plan Jefes /as. 4to trimestre 2005

Cantidad Estructura Relativa

Con Plan Jefes/as 614.536 5,6%
Sin Plan Jefes/as 10.333.859 94,4%
Asalariados 10.948.395 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

De los asalariados con planes de empleo el 54,5% se concentra en el sector público (son 334.684 asalariados), el 29,4% en el sector privado y el 16,1% en otros tipos de establecimientos.

Cuadro Nº 8: Asalariados con plan Jefes /as según ámbito. 4to trimestre 2005.

Ambito Cantidad %

Sector Público 334.684 54,5%
Sector Privado 180.924 29,4%
Otros estalecimientos 98.928 16,1%
Total 614.536 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Para el sector público los asalariados con planes de empleo representan el 13,7% del total de asalariados y para el sector privado el 2,2%.


Cuadro Nº 9: Asalariados con plan Jefes /as según ámbito. 4to trimestre 2005.

Público Privado

Cantidad % Cantidad %
Con Plan Jefes/as 334.684 13,7% 180.924 2,2%
Sin Plan Jefes/as 2.116.039 86,3% 8.152.753 97,8%
Asalariados 2.450.723 100,0% 8.333.677 100,0%


Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Una reflexión general sobre la existencia y profundidad del trabajo en negro en el país:

Sin dudas, el trabajo en negro emerge como uno de los aspectos en que se traduce la reestructuración económica, social y política iniciado con la dictadura de 1976. Al calor de la desindustrilización y la emergencia de la desocupación estructural se crearon las condiciones para hacer posible la precarización de los asalariados. Este proceso se vivió con particular intensidad durante la convertibilidad y se profundizó con la salida devaluacionista. Como muestra el cuadro en 1990 la tasa de asalariados no registrados era del 25,2%, salta al 33,4% en 1992, termina en 38,5% en el 2001 y a partir del nuevo tipo de cambio, con la creación de empleo emergente, se ubica en 44,8% en el 2003, en 48,5% en el 2004 y 46% en el 2005. (ver siguiente cuadro).

Cuadro Nº10: Tasa de Empleo no Registrado. Total Aglomerados Urbanos. Período 1990 – 2003. Onda Mayo. EPH Puntual. 2004 – 2005 EPH continua

Año Tasa de empleo no registrado 1990 =100

1990 25,2 100,0
1991 28,9 114,4
1992 33,4 132,4
1993 31,2 123,8
1994 33,4 132,3
1995 30,3 119,9
1996 33,0 130,5
1997 36,2 143,5
1998 36,3 143,9
1999 36,8 145,8
2000 37,4 148,2
2001 38,5 152,5
2002 41,5 164,4
2003 44,8 177,6
2004 48,5 192,2
2005 46,0 182,3

Fuente: Ministerio de Trabajo en base a EPH – Onda puntual. Mayo 1990 – 2003.

Gráfico Nº1: Tasa de Empleo no Registrado. Total Aglomerados Urbanos. Evolución 1990 – 2003. Onda Mayo. EPH Puntual. 2004 – 2005 EPH continua

Fuente: Elaboración propia en base a Ministerio de Trabajo en base a EPH – Onda puntual. Mayo 1990 – 2003.

Como muestra el Gráfico Nº 1, más allá de las oscilaciones puntuales de un año respecto de otro, la tendencia es a un crecimiento sostenido de la tasa de asalariados en negro. Así cuando en 1992 la tasa supera el 30% no vuelve a estar por debajo de ese nivel (como en 1990 y 1991). Cuando la tasa supera el 35% en 1997 toma un nuevo piso estructural en el cual se mantendrá hasta que en el 2002 supere el 40%. En el 2004 la tasa superó el 45% y actualmente se mantiene en el 46%.

En el nuevo contexto económico de fuerte crecimiento durante el 2003 – 2005 a tasas del orden del 9% se crearon 2.532.976 puestos de trabajo asalariado. De estos 1.752.588 correspondieron a asalariados no registrados (equivale al 70% de los puestos de trabajo asalariados creados). Así, mientras el total de asalariados creció un 30%, los no registrados crecieron un 53,4% y los registrados apenas el 15,2%. Es decir en el contexto actual de crecimiento económico ha predominado la creación de puestos de trabajo en negro.


Cuadro Nº 11: Creación de puestos de trabajo asalariado según registración. 2001 – 2005.

Años Asalariados

No registrados Registrados Total
2001 3.281.214 5.134.206 8.415.420
4to trimestre 2005 5.033.802 5.914.594 10.948.396
Crecimiento 2001 - 2005 en cantidad 1.752.588 780.388 2.532.976
Crecimiento 2001 - 2005 en porcentaje 53,4% 15,2% 30,1%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

La razón es simple: el asalariado en negro permite al patrón maximizar la tasa de ganancia por unidad de trabajo. Es común que en un mismo establecimiento convivan asalariados registrados y no registrados realizando las tareas con igual (o a veces mayor para el trabajador en negro) intensidad la labor productiva. La mayor tasa de ganancia se deriva del simple hecho de que el asalariado en negro percibe un salario que en promedio es de $391,8 mientras los registrados perciben un salario promedio de $1.072. Es decir la brecha salarial entre los registrados y los no registrados es de 2,7 veces a favor de los registrados. Esta razón explica porque en el contexto de crecimiento económico lo que más se expandió fue la creación de puestos de trabajo no registrados.


Cuadro Nº 12: Brecha de salarios entre registrados y no registrados. 4to trimestre 2005.

Tipo de Asalariado pesos

No Registrado 391,8
Registrado 1072,0
Brecha de salarios (Registrado / No registrado 2,7

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

La no registración de los asalariados es una práctica que se difunde en prácticamente todos los sectores de actividad económica. El ranking lo encabeza el servicio doméstico (96,2% de trabajadores en negro), los trabajadores urbanos de la “agricultura, ganadería,…” (79,3%), la construcción (68,8%), la actividad comercial (51,7%), los hoteles y restaurantes (51,1%), las actividades de subsistencia englobadas en servicios comunitarios, sociales y personales (48,6%), el transporte, almacenamiento y comunicaciones (48,8%) e inclusive la industria manufacturera (40,1%).

Cuadro Nº 13: Tasa de asalariados no registrados según sector de actividad económica.. 4to trimestre 2005.

% de asalariados no registrados

Actividades de hogares privados como empleadores y actividades no diferenciadas de hogares privados como productores 96,2%
Agricultura, ganadería, caza y silvicultura 79,3%
Construcción 68,8%
Comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores, motocicletas, efectos personales y enseres domésticos 51,7%
Hoteles y restaurantes 51,1%
Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales 48,6%
Transporte, almacenamiento y comunicaciones 46,8%
Servicios sociales y de salud 42,9%
Industrias manufactureras 40,1%
Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler 38,6%
Ns / Nr 28,9%
Administración pública y defensa; planes de sguridad social de afiliación obligatoria 18,2%
Suministro de electricidad, gas y agua 16,0%
Pesca 13,2%
Enseñanza 13,0%
Intermediación financiera 11,1%
Explotación de minas y canteras 9,7%
Servicios de oganizaciones y órganos extraterritoriales 6,5%
Total 45,5%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

A pesar de que es una práctica patronal que se extiende a todos los sectores de actividad, en apenas 4 sectores se concentra el 60% de los asalariados no registrados. Son el servicio doméstico (concentra el 21,5%), el comercio al por mayor y menor (concentra el 16,2%), la industria manufacturera (concentra el 12,5%) y la construcción (concentra el 10,4%).

Cuadro Nº 14: Asalariados no registrados según sector de actividad económica. Estructura relativa. 4to trimestre 2005.

Asalariados No Registrados Estructura relativa

Actividades de hogares privados como empleadores y actividades no diferenciadas de hogares privados como productores 1.079.920 21,5%
Comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores, motocicletas, efectos personales y enseres domésticos 815.254 16,2%
Industrias manufactureras 631.111 12,5%
Construcción 524.099 10,4%
Servicios sociales y de salud 373.425 7,4%
Transporte, almacenamiento y comunicaciones 348.796 6,9%
Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales 335.257 6,7%
Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler 268.974 5,3%
Administración pública y defensa; planes de sguridad social de afiliación obligatoria 198.420 3,9%
Hoteles y restaurantes 184.611 3,7%
Enseñanza 132.505 2,6%
Agricultura, ganadería, caza y silvicultura 79.408 1,6%
Intermediación financiera 27.061 0,5%
Suministro de electricidad, gas y agua 11.579 0,2%
Ns / Nr 7.058 0,1%
Explotación de minas y canteras 3.887 0,1%
Pesca 967 0,0%
Servicios de oganizaciones y órganos extraterritoriales 225 0,0%
Total 5.033.802 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Hasta aquí una mirada sobre la problemática de los asalariados no registrados que es lo que comúnmente se asocia con trabajo en negro. Sin embargo una mirada más amplia sobre las condiciones de trabajo supone considerar la situación de los trabajadores por cuenta propia y de los trabajadores que no encuentran empleo (es decir los desocupados). En el caso de los cuentapropistas hay que discriminar aquellos trabajadores por cuenta propia que tienen un título universitario y ejercen su profesión de aquellos que no tienen título y se desempeñan en trabajos de baja capitalización (gasistas, plomeros, carpinteros, pintores, vendedores ambulantes y demás chanquistas). Estos últimos se desempeñan en actividades de subsistencia ante la imposibilidad de insertarse en una relación asalariada. Si se tiene en cuenta a los 1.649.893 desocupados, a los 2.731.643 cuentapropistas de subsistencia y a los 5.033.802 asalariados no registrados, resulta que 9.415.338 de trabajadores son precarios. Es decir el 60,7% de la fuerza laboral argentina está precarizada. Ver cuadro Nº 15.


Cuadro Nº 15: Trabajadores precarios. 4to trimestre 2005

Trabajadores precarios Cantidad Porcentaje

Cuentapropistas de subsistencia 2.731.643 17,6%
No Registrado 5.033.802 32,5%
Desocupados 1.649.893 10,6%
Total de trabajadores precarios 9.415.338 60,7%
Total de la fuerza laboral 15.500.931 100,0%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Cuando se compara la evolución de los ingresos de los distintos trabajadores con respecto a la situación del 2001 se observa que los asalariados no registrados presentan una caída del poder adquisitivo de sus salarios del orden del 21,4%. Para el caso de los asalariados registrados la caída es del 1,2% y para los cuentapropistas de subsistencias hay un leve aumento del 1%.

Cuadro Nº 16: Evolución de los ingresos reales de los distintos trabajadores. Oct 2001 – 4to trimestre 2005.

Tipo de trabajador Oct-01 4to tri 2005 Diferencia en $ Evolución nominal Evolución IPC Evolución real

Cuentapropistas de subsistencia 325,6 570,4 244,8 75,2 73,4 1,0
No Registrado 287,4 391,8 104,4 36,3 73,4 -21,4
Registrado 626,0 1.072,0 446,0 71,2 73,4 -1,2
Total de ocupados 466,0 722,0 256,0 54,9 73,4 -10,6

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Sin embargo la precariedad laboral no sólo se remite al tipo de relación contractual que tenga el trabajador. También existe precariedad para los asalariados formales. Esta precariedad viene por el lado de los ingresos. Cuando se compara el ingreso al que acceden los trabajadores formales en su puesto de trabajo se observa que los que ingresan lo hacen con un salario menor de los que ingresaron antes. Así los trabajadores que se insertaron en una relación formal durante el 1er semestre del 2005 lo hicieron con un salario medio de $967, los que ingresaron durante el 3er trimestre del 2005 lo hicieron con un salario medio de $836,2 y los que ingresaron en el 4to trimestre lo hicieron con un salario medio de $708,4. Es decir la formalización de los nuevos puestos de trabajo se resuelve por la vía de una precarización de los ingresos.


Cuadro Nº 17: Salario promedio de los asalariados formales según ingreso en el puesto

Ingreso en el puesto Ingreso Medio

4to trimestre 2005 708,4
3er trimestre 2005 836,2
1er semestre 2005 967,0
2001 al 2004 1.005,1
Antes del 2001 1.168,7
Asalariados Registrados 1.072,0

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

La precariedad laboral de la argentina se asocia con la vigencia de una tasa de desocupación estructuralmente alta. La misma es el resultado de que la presión laboral, una de cuyas medidas refleja la tasa de actividad (que mide la proporción de los que participan del mercado laboral trabajando o buscando trabajo respecto del total de la población), es superior a la creación de puestos de trabajo (medido por la tasa de empleo). La tasa de actividad del 45,9% es superior a la tasa de empleo del 41,3%. Esta diferencia origina que la tasa de desocupación (entendidos como aquellos que buscan activamente trabajo y no lo encuentren) sea del 10,1% de la Población Económicamente Activa (PEA). La tasa de subocupación del 11,9% de la PEA es un primer indicador del grado de subutilización de la fuerza laboral (porque son ocupados que trabajan menos de 35 horas semanales y desean trabajar más).


Cuadro N º 18: Tasas básicas del mercado laboral. Total Urbano. 4to Trimestre 2005.

Tasas Básicas 4to Trimestre 2005
Tasa de Actividad 45,9%
Tasa de Empleo 41,3%
Tasas de Desempleo 10,1%
Tasa de Subocupación 11,9%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Sin embargo la tasa de desocupación del 10,1% considera como ocupados a aquellos que desempeñan una tarea como contraprestación de un plan de empleo. El propio INDEC en un apartado de su comunicado de prensa realiza esta depuración. Descontando los planes de empleo la tasa de desocupación es del 12,7% y el total de desocupados supera los 2 millones de personas.


Cuadro N º 19: Tasas de desocupación según se considere el efecto de los planes .Total Urbano. 4to Trimestre 2005.

Tasa de desocupación Porcentaje de la PEA Desocupados

Sin descontar los planes 10,1% 1.649.893
Descontando los planes 12,7% 2.074.618

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Más allá de que una tasa de desocupación del 12,7% de la PEA es una tasa estructuralmente alta, tampoco refleja adecuadamente la fragilidad laboral de los trabajadores. Esto en virtud de que la misma considera como ocupados a aquellos trabajaron aunque sea 1hora en la semana de referencia de la encuesta. Este criterio supone que un desocupado que no puede conseguir trabajo pero eventualmente realizó una changa sea considerado como ocupado.


El INDEC toma este criterio como una primera mirada sobre el mercado laboral. Sin embargo en la EPH que elabora tiene dos preguntas que son relevantes para comprender la dinámica laboral. La primera pregunta es si la persona, con independencia de si trababa ó no, busca trabajo. La segunda es si, con independencia que busque o no trabajo, desea trabajar más. De estas preguntas se puede construir dos indicadores: el primero el de la disponibilidad de la fuerza laboral y el segundo de la presión efectiva sobre el mercado laboral.


La disponibilidad de la fuerza laboral mide a todas aquellas personas que, con independencia de si son ocupados ó desocupados, desean trabajar más. Estos representan el 40,7% de la PEA. Es decir son 6.643.571 argentinos que desean trabajar más. Este deseo obviamente refleja una insatisfacción con el lugar que hoy tienen en el mercado laboral. Sea porque están desocupados o sea porque estando ocupados trabajan pocas horas (caso de los subocupados) ó porque trabajando las horas legales el ingreso que perciben no es satisfactorio. Por ende este indicador puede ser leído como el grado de insatisfacción laboral.


La presión efectiva sobre el mercado laboral mide el conjunto de personas que buscan activamente una ocupación. En este indicador se agregan al conjunto de desocupados (que buscan pero que no encuentran), a los subocupados que demandan empleo (trabajan menos de 35 horas semanales, quieren trabajar más y buscan activamente otro trabajo), a los ocupados plenos demandantes (trabajan entre 35 y 45 horas semanales) y los sobre ocupados (trabajan más de 45 horas semanales). Para el caso de los ocupados plenos y los sobreocupados, el indicador refleja la debilidad de los ingresos que obliga al trabajador a buscar trabajo a pesar de prácticamente no disponer de horas para hacerlo. La presión sobre el mercado laboral abarca al 32,8% de la PEA. Es decir implica que 5.361.516 personas buscan activamente un empleo para mejorar su inserción laboral.


Cuadro N º 20: Disponibilidad laboral y presión efectiva sobre el mercado laboral. Total Urbano. 4to Trimestre 2005.

Cantidad Estructura Relativa PEA 16.335.578 100,0%

Desocupados Reales 2.074.618 12,7%
Ocupados Demandantes 3.286.898 20,1%
Subocupados 1.369.029 8,4%
Ocupados Plenos 953.748 5,8%
Sobreocupados 884.086 5,4%
Ocupados No Demandantes que desean trabajar más 1.282.055 7,8%
Subocupados 571.915 3,5%
Ocupados Plenos 378.053 2,3%
Sobreocupados 311.513 1,9%
Disponibilidad de mano de obra 6.643.571 40,7%
Presión efectiva sobre el mercado laboral 5.361.516 32,8%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Esta presión laboral es la que permite la flexibilización de las condiciones laborales de los ocupados. Es decir es la que permite que el trabajador ocupado sea prácticamente un rehén de las condiciones laborales que le impone el patrón. Es decir es la que permite la flexibilización de las formas de contratación así como la flexibilización de los ingresos (que inclusive afecta como vimos a los asalariados formales).

Resolver la excesiva presión laboral que impacta sobre el mercado laboral supone reconocer que esta presión es el efecto de la insuficiencia de los ingresos de los hogares. Falta de ingresos que hace que tengan que buscar trabajo los integrantes que debería formar parte de la población pasiva (menores de 18 años y población mayor de 65 años). Es la que obliga al jefe de hogar aún estando ocupado a buscar otra actividad para completar ingresos. La falta de ingresos es, como dijimos, resultado del proceso de desindustrialización de la economía y la explosión de la desocupación. Resolver este problema exige, a nuestro entender, dos políticas económicas que están hoy ausentes: POLITICA DE INGRESOS por vía de mecanismos universales (asignación para todos los menores de 18 años, para todos los mayores de 65 años, Seguro de empleo y formación para todos los jefes de hogar desocupados con un valor que permita cubrir la canasta de pobreza de $850 y no los paupérrimos $ 225 actuales). Y POLITICA DE REINDUSTRIALIZACION, sobre la base de dotar de densidad al tejido productivo, privilegiar el impacto en el empleo, en las pymes y en las economías regionales.

BLOQUE DESOCUPADOS

La tasa de desocupación del 10,1%, si bien subestima las personas con problemas de empleo, muestra la cantidad de personas que no realizaron ningún tipo de labor productiva porque no consiguieron trabajo a pesar de haberlo buscado activamente. Son los marginados absolutos del mercado laboral. Son 1.649.893 argentinos que están excluidos de la más elemental forma de ganarse la vida. De estos apenas el 3% cobró indemnización, y apenas el 1,9% cobra el seguro de desempleo (de entre $250 y $400 por mes y que para colmo dejarán de cobrarlos a los sumo en un plazo de 1 año que es lo que dura el seguro). El resto de los desocupados actualmente no perciben ningún tipo de ingresos de la seguridad social

Cuadro Nº 20: Total desocupados según percibieron indemnización ó cobren seguro de desempleo. 4to trimestre 2005.

Cantidad %

Total Desocupados 1.649.893 100,0%
Cobraron Indemnización 48.739 3,0%
Cobran Seguro de Desempleo 31.532 1,9%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Cuando se analizan las causas por la que está desocupado para aquellos que tuvieron una ocupación anterior, el primer lugar lo ocupa la finalización de un trabajo temporario (27,8%), le sigue en importancia el despido ó cierre (12,8%), la insuficiencia o falta de pago (el 5,3%). Entre estas 3 causas explican 46% del total de desocupados.

Cuadro Nº 21: Total desocupados según causa de despido. 4to trimestre 2005.

Causas Cantidad %

Total Desocupados 1.649.893 100,0%
Fin del trabajo temporario 458.970 27,8%
Despido/cierre 211.068 12,8%
Pagaban poco / No pago 87.952 5,3%
Razones personales 79.132 4,8%
Otras causas 74.662 4,5%
Malas condiciones de trabajo 55.127 3,3%
Renuncia obligada 26.402 1,6%
Retiro voluntario del sector público 9.882 0,6%
Jubilación 4.343 0,3%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC

Cuando se observan a los desocupados según aquellos que tuvieron un empleo anterior resulta que los que estaban registrados representan apenas el 9,3% del total de desocupados; que los que tenía un Plan de Empleo representan el 1% de los desocupados, los que estaban en un trabajo con un período de prueba representan el 4% de los desocupados y que el 73,8% de los desocupados actuales provine del sector privado.

Cuadro Nº 22: Total desocupados según empleo anterior. 4to trimestre 2005.

Empleo anterior Cantidad %

Total Desocupados 1.649.893 100,0%
Estaba registrado en el empleo 152.669 9,3%
Era un Plan de Empleo 16.166 1,0%
Era un período de prueba 66.472 4,0%
Era en el Sector Privado 1.217.737 73,8%

Fuente: Elaboración propia en base a EPH del INDEC


BLOQUE DEL GOBIERNO NACIONAL

La información del Boletín Fiscal de septiembre del 2005 (último disponibles) muestra que en el Poder Ejecutivo Nacional existen 21.594 agentes que han sido contratados en función de los decretos Nº 1184 / 2001 y Nº 1421 / 2002. Es decir el 7,7% de los agentes del Poder Ejecutivo Nacional están bajo la forma de un contrato de trabajo que le niega la estabilidad del empleo público que fija la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional (Ley 25.164).

Cuadro Nº 22: Agentes del Poder Ejecutivo Nacional y otros Entessegún tipo de relación. Septiembre 2005

Tipo de Agentes Número de agentes %

Pers Permanente y Transitorio 258.466 92,3%
Contratado 21.594 7,7%
Total 280.060 100,0%

Fuente: Boletín Fiscal del Sector Público Argentino. septiembre 2005

Estos contratados se distribuyen entre las distintas dependencias del Poder Ejecutivo Nacional. El Ministerio que encabeza el ranking de personal contratado es el de Economía y Producción (17% de los contratos del Poder Ejecutivo Nacional), le sigue el Ministerio que supuestamente debe estar a la cabeza del combate contra las diversas formas de precarización del empleo: de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (el 15,6%), el de Desarrollo Social emplea al 14,8% de los contratados.

Cuadro Nº 22: Agentes contratados del Poder Ejecutivo Nacional según Ministerios. Septiembre 2005

MINISTERIOS DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL
Cantidad Porcentaje

ECONOMIA Y PRODUCCION 3.610 17,0%
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 3.321 15,6%
DESARROLLO SOCIAL 3.132 14,8%
SALUD Y AMBIENTE 2.712 12,8%
INTERIOR 2.478 11,7%
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS 2187 10,3%
PRESIDENCIA DE LA NACION 1.656 7,8%
EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 1.146 5,4%
RELACIONES EXTERIORES, COM. INTER. Y CULTO 531 2,5%
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 372 1,8%
DEFENSA 74 0,3%
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS 11 0,1%
TOTAL*: 21.230 100,0%

*No coincide con el cuadro anterior porque faltan los contratos de los otro Entes del Sector Público. Son 364 que corresponden a la AFIP 295, al SOR 11 y alINCAA 56

Fuente: Boletín Fiscal del Sector Público Argentino. septiembre 2005



PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación:

RESUELVE:

1º Declarar su preocupación por las denuncias recibidas en esta Honorable Cámara sobre la explotación de ciudadanos bolivianos traídos a este país mediante tráfico ilegal de indocumentados así como también de personas del mismo origen, residentes en nuestro país y su reducción a servidumbre y otras graves violaciones que involucran el derecho a la libertad , a la dignidad y a no ser objeto de explotación, cometidos en talleres textiles clandestinos distribuidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos.

2º Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se sirva informar a esta Excma. Cámara y ulteriormente confeccione un informe que remita a la misma que incluya especialmente la información que se detalla a continuación:

Si se han recibido denuncias referidas a la explotación de trabajadores extranjeros indocumentados y su familia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los últimos tres años.

b) Si se han enviado cuerpo de inspectores de dicha cartera laboral con el objeto de verificar la existencia de talleres textiles clandestinos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires así como también el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 12713.-En caso afirmativo se indique:

Cantidad total de establecimientos inspeccionados en los cuales se haya podido hasta el momento verificar la existencia de elementos de juicio o indiciarios de las practicas señaladas en el punto 1°)

2) Cantidad total de establecimientos que se encontraban a la fecha de la inspección debidamente habilitados por la autoridad de aplicación correspondiente.

3) Cantidad de establecimientos que no se encontraban debidamente habilitados por la autoridad de aplicación correspondiente.

4) Cantidad total de trabajadores que se encontraron laborando en dichos establecimientos y condición en la que se hayan habitando.

5) Haga saber si recabó información directamente de los trabajadores que sea útil a la investigación y permita tomar conocimiento de la existencia de otros talleres de las condiciones de los denunciados en la presente, ubicados a lo largo del territorio nacional.

6) Razón social, domicilio legal y actividad de las empresas contratistas y subcontratistas relacionadas con los establecimientos inspeccionados.

7) Si este Ministerio ha dado cumplimiento a lo establecido en el Punto III de la Cláusula 5ª del Convenio 44/01 ratificado por Ley 1033 L.C.A.B.A., acerca del suministro de la información y antecedentes históricos de los empleadores infraccionados, a los fines de que la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires proceda a confeccionar su propio registro.

8) Incluya en el informe circunstanciado todo hecho o dato que constate o recabe espontáneamente relacionado con el objeto de las inspecciones realizadas.


Claudio R. Lozano.


FUNDAMENTOS

Señor presidente:

En fecha reciente, se han recibido denuncias de trabajadores y ex trabajadores de talleres textiles ubicados en la calle Laguna 940 y Eugenio Garzón 3853 que dan cuenta de la violación por parte de los empleadores de derechos fundamentales de los que gozan todas las personas sin distinción alguna y que los dejan en un grado de desprotección absoluta

Las denuncias llegadas a mi despacho versan en primer lugar, sobre el funcionamiento de dos talleres de costura que presuntamente estarían incumpliendo con las disposiciones de la Ley nº 12.713 de Trabajo a Domicilio la cual establece las condiciones del trabajo (arts. 5 a 14) y fija determinadas obligaciones para el tallerista en lo concerniente a la habilitación por la autoridad de aplicación, la registración de los trabajadores, de la mercadería elaborada, de las condiciones de seguridad e higiene de los locales, de la seguridad de la mercadería elaborada y del modo en que deben abonarse los salarios a los trabajadores. La referida ley no sólo establece un conjunto de normas contravencionales (arts. 30 a 34) para la infracción a estos deberes sino que también acuña tipos penales (arts. 35 y 36). Del tenor de la denuncia y de los testimonios aportados surgiría que los talleres indicados estarían funcionando al margen de toda esta normativa, en especial a lo relativo a las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo, y sin ningún respeto por las obligaciones de registración de los operarios, de las mercaderías, y del pago de los salarios establecidos por convenio y, por supuesto, de los aportes al sistema de seguridad social.

Sin perjuicio de lo expuesto, no podemos menos que señalar que las denuncias refieren también a la posible comisión de otros hechos delictivos de mayor envergadura que no deben ser pasados por alto.Según los elementos de juicio referidos los dueños de los talleres habrían recurrido al método de hacer traer de la República de Bolivia o contratar extranjeros residentes en el país para hacerlos trabajar en sus talleres en condiciones de explotación violando las disposiciones de la Ley de Migraciones (25.871). Sin embargo, y a pesar de las disposiciones es harto conocido que muchos extranjeros son impulsados por la necesidad que padecen en sus países de origen y por promesas laborales falsas a ingresar al país en forma irregular o en condiciones que no los habilitan para trabajar legalmente. Esta infortunada circunstancia es aprovechada por redes delictivas que lucran con el tráfico ilegal o, lo que es peor aún, con la trata de personas (Confróntese Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 48/102 del 20 de diciembre de 1993 “Prevención del Tráfico de Indocumentados”).

Debemos señalar que también se ha denunciado que los obreros de ambos talleres estaban por su patrón sometidos a un régimen de servidumbre. En este aspecto cabe señalar que el Código Penal prevé y reprime la conducta de quien redujere a una persona a servidumbre o a otra condición análoga y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella (art. 140 C.P.). La Constitución Nacional al momento de organizar la República Argentina abolió la antigua esclavitud (art. 15) de tal manera que también proscribió las costumbres y prácticas que significaban la sujeción de hecho de las personas. Bien avanzado el siglo XX existieron a lo largo y a lo ancho de la República Argentina prácticas de esa naturaleza las que, a pesar de las buenas intenciones de la Ley Fundamental, prosiguieron funcionando hasta que se consolidaron las instituciones del derecho del trabajo y de la seguridad social a través de la lucha política y gremial. Por fortuna, la Asamblea Constituyente de 1994 incorporó tratados internacionales ratificados por nuestro país, cuya jerarquía es superior a la del derecho interno (art. 75 inc. 22 C.N.), que protegen contra cualquier forma de opresión y legislan a favor de la abolición de la esclavitud y cualquier práctica análoga.

El caso concreto conduce a la inferencia de que más allá de la infracción a la normativa relativa al régimen de Trabajo a Domicilio (Ley nº 12.713) , la no aplicación del Convenio encuadrado a la actividad de referencia N° 204/93, la violación a lo dispuesto en el Convenio sobre la abolición de trabajo forzoso (N° 105) ratificado por nuestro país, o la infracción a la Ley de Migraciones (Ley nº 25.871) existe en las conductas denunciadas un plus insoslayable que concierne a la afectación de los bienes jurídicos de la libertad y dignidad humanas. En efecto, las terribles condiciones de alojamiento, alimentación y trato al que habían sido sometidas esas personas y sus familias unidas a la intimidación permanente ya sea por amenazas, hechos de violencia o la real o supuesta relación con la autoridad policial excede toda consideración en torno a la temática estrictamente laboral o de política migratoria nacional. En estos casos aparece claramente que los trabajadores extranjeros cuya situación de residencia los hacía vulnerables habían sido traídos al país contrayendo de esta manera deudas en concepto de pasajes, alojamiento y comida y que presuntamente debían saldarlas con su trabajo personal en estos talleres. También surge de esos elementos de juicio, que los servicios que debían prestar no habrían estado claramente definidos por cuanto ni las condiciones de trabajo, ni los descansos, ni la remuneración ni las tareas estaban claramente delimitadas por cuanto el empleador las cambiaba de acuerdo a sus intereses. Tampoco estaba delimitada la duración del servicio ni la forma en que se imputaba el servicio al pago de las deudas, las que presuntamente eran incrementadas mediante técnicas de embrutecimiento como la imposición del consumo de alcohol o la reducción también arbitraria de las remuneraciones o directamente su no pago. Demás está decir que no se garantiza a los empleados ninguno de los derechos que les corresponde legalmente: aguinaldo, vacaciones, escolaridad, obra social, jubilación, etc. De esta manera los trabajadores y sus familias habrían quedado atrapadas en un círculo opresivo del que no podían salir.

La situación descripta en el relato de los hechos pone en duda que el Estado haya sabido actuar con la diligencia que reclama esta normativa en lo concerniente al respeto y protección de los derechos de las personas que habrían resultado víctimas de las conductas denunciadas.

Si bien es cierto que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha firmado el Convenio de Entendimiento y Acciones Conjuntas en materia de Inspección del Trabajo y Fortalecimiento de la Autoridad Administrativa del Trabajo con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Convenio 44/01 – Ratificado por la Ley 1033), también es cierto que la delegación que este Ministerio ha hecho del poder de policía mediante dicho acuerdo, no lo exime a que dé cumplimiento a lo normado por la Ley 18608 en su art.5°, requisito también contemplado en el Convenio 44/01 acordando ambas normas la necesidad de un trabajo coordinado, y disponiendo este ultimo acuerdo que “resulta fundamental la colaboración del Gobierno Nacional a través del MINISTERIO, orientada a asistir a la Administración del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ejercicio de tales funciones”. En su cláusula 5ª.el Convenio 44/01 dispone “que partir de la fecha de suscripción del presente Convenio, el MINISTERIO, seguirá prestando colaboración y asistencia técnica para fortalecer la Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”


Es notorio que este honorable cuerpo legislativo, como máxima expresión del sistema republicano democrático, no puede desatender reclamos de los sectores más débiles de la sociedad que peticionan apoyo institucional ante prácticas abusivas o groseramente lesivas de las libertades públicas y derechos fundamentales, garantizadas por nuestra Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, investidos de rango superior a las leyes (artículo 75, inciso 22, CN).


Por todo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.


Claudio R. Lozano

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